similar naturaleza, a fin de organizar, documentar e institucionalizar dichas prácticas en
la Institución.
Se propone la incorporación de las prácticas de gobierno corporativo, a través de un
código o manual, con el objetivo de institucionalizar la responsabilidad de la organización,
transformándose en un elemento permanente y estable de la política global de la entidad.
Tal como lo plantea la Norma sobre Gobierno Corporativo/2013, el código deberá
recoger las políticas y los procesos, que permitirán ejecutar sus disposiciones que
garanticen un marco eficaz para las relaciones de propiedad y gestión, transparencia y
rendición de cuentas. Si bien las políticas y procedimientos de buena gobernanza, que
podríamos sintetizar en mecanismos de gestión, dirección, control y aporte de
información pueden ser adoptados bajo diferentes fórmulas, se propone la formalización,
a través de un código de conducta como lo es el Código de Gobierno Corporativo,
porque corresponde a una declaración formal de la empresa de someterse desde la
autorregulación vinculante al cumplimiento de los estándares más altos sobre buena
gobernanza, adecuados a la cultura organizacional, a las características y necesidades de
la organización (Longinos, Arcas, Martínez & Olmedo, 2012).
De manera general podemos plantear seis pilares a tomar en cuenta para el diseño del
código de gobierno corporativo: i) Derecho de propiedad, ii) Órgano de Gobierno, iii)
Gestión, iv) Cumplimiento y gestión de riesgos, v) Ética y conflictos de interés y vi)
Transparencia e información. El Código deberá ser aprobado por el órgano de dirección
y su cumplimiento deberá ser garantizado por la Junta Directiva a través de los
mecanismos de control que tiene a su disposición (MCIF & ICC (2016).
La falta de regulación impositiva aplicable a las IFIM sobre buen gobierno, plantea la
necesidad de que dichas instituciones desde la autorregulación adopten buenas prácticas
de gobierno corporativo y las incluyan en el Código de Gobierno Corporativo, entre
ellas podemos enunciar principalmente aquellas orientadas a regular el funcionamiento
de la Asamblea General de Socios o Asociados/Fundadores, la Junta Directiva, Comités,
Auditoría, Principal Ejecutivo, Alta Dirección y los empleados: a) La definición de la
competencia de la Asamblea General de Accionistas, Fundadores o Asociados y la Junta
Directiva, b) La forma de asegurar la participación de los socios o asociados en las
deliberación de los asuntos propios de su competencia, c) La definición e integración del
sistema de control interno, d) Las políticas y procesos que definan la estructura de un
sistema de información y difusión de la misma, e) Mecanismos por medio de los cuales
se promueva la confidencialidad de la información en todos los niveles y f) Políticas y
procesos para rendición de cuentas que permitan evaluar la gestión de la Asamblea
General, la Junta Directiva, el Principal Ejecutivo, la Alta Dirección y los empleados, entre
otros.
Lo idóneo es la instrumentación de estos lineamientos en un documento que facilite su
implementación y se convierta en un eje permanente de la política institucional. Así
mismo, su instrumentación en un documento de esta naturaleza facilitará el seguimiento
de su cumplimiento por parte de la función de auditoría y de otros actores interesados,
contribuyendo significativamente en la transmisión de confianza y de credibilidad de las
prácticas corporativas frente a los grupos de interés, con especial énfasis en los usuarios
de los servicios financieros ofertados y de los inversionistas o proveedores de fondos
interesados en la vinculación con la Institución.