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Rev. cienc. forenses Honduras Volumen 7, N.° 2, Año 2021 URL: http://www.bvs.hn/RCFH/html5/
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el Estado, quien es el encargado del cumplimiento de
esta misión, por razones de seguridad y solidaridad
nacional13. En virtud de lo anterior, y ante la
“imposibilidad” de la familia, la inhumación colectiva
es planicada interinstitucionalmente, otorgándoles a
los familiares una última espera; similares condiciones
concurren en otros países latinoamericanos; en Chile
la inhumación se realiza en tumbas y se rigen por lo
detallado por el Servicio Médico Legal donde aparece
el número de sepultura, el número de protocolo y la
fecha del entierro14. El Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses (IMELCF) de Panamá, realiza el
procedimiento de inhumación
denominado “Entierro de
Solemnidad”, disponiendo los
cadáveres en una fosa común
separados uno de otro según la
planimetría forense, en un cementerio municipal de
la localidad ya que “actualmente no cuenta con un
espacio habilitado para estas acciones”15. El servicio
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la
República del Ecuador (SNMLCF), informó que en el
año 2020 realizaron 219 inhumaciones entre cadáveres
identicados y no retirados y los no identicados según
la normativa legal vigente del país16,17. Cabe señalar
que en Chile al igual que en nuestro país no existe una
regulación legal completa de la materia18, como sí se
establece en Ecuador y Perú19. El rito de la inhumación,
además de las connotaciones sanitarias y legales ya
mencionadas, tiene profundas connotaciones en la
memoria colectiva, en virtud que morir es un proceso
de separación que afecta no solo al individuo que parte,
sino también al grupo que lo pierde20, por tal razón
se entierra a los muertos como un “medio de jar un
lugar entre los vivos en busca de un duelo no siempre
realizable”21. “Según Giorgio Agamben, después de
morir las personas se transforman en fantasmas que
permanecen en el mundo de los vivos, regresando a los
lugares familiares. La función de los ritos funerarios
es, en consecuencia, transformar al fantasma en un
ancestro benévolo, que habita en un mundo separado y
con el cual es posible relacionarse ritualmente”21. “El
rito es considerado como el protector del orden social
y familiar, transmite paz, consuelo y permite una
mejor elaboración del duelo”22.
Asimismo, “debe darse un destino
decoroso a los restos de los
fallecidos y deben respetarse sus
sepulturas”23. La tumba permite
vivir con los muertos y la placa conmemorativa sobre
la tumba permite reinscribir, al que ya no está, en un
lugar nuestro, propio, interno y profundo en el que,
sin duda, está a salvo y para siempre heredándonos
su testimonio”24. Para iniciar el duelo es importante la
constatación y el reconocimiento del cadáver, que nos
indique el proceso irreversible de la muerte biológica,
también es cierto, que más allá del simbolismo fúnebre
y del cuerpo, que nos era útil para el reconocimiento
particular del otro, a través de su apariencia física, su
voz, su personalidad y sus obras, lo que determina
su paso por esta vida son los testigos que ratican su
existencia y pertenencia. Incluso las Escrituras invitan
a reconocer al semejante, reriendo “te conozco por
tu nombre, y te he mirado con buenos ojos”, Éxodo
‘‘Para iniciar el duelo es
importante la constatación y
el reconocimiento del cadáver,
que nos indique el proceso
irreversible de la muerte
biológica
El rito de la inhumación, además de las connotaciones sanitarias y
legales ya mencionadas, tiene profundas connotaciones en la memoria
colectiva, en virtud que morir es un proceso de separación que afecta
no solo al individuo que parte, sino también al grupo que lo pierde
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