Consideraciones Bioéticas para el trasplante de órganos
Bioethical consideration on organ transplantation
Dra. Silvia Margarita Portillo
Médico especialista en Anatomía Patológica, Instituto
Nacional Cardiopulmonar y Profesora Titular II del Departamento de Patología de
la Universidad Nacional Autónoma de Honduras.
Correspondencia a: portillo_silvia@yahoo.com
CITAR COMO
Portillo S.
Consideraciones Bioéticas para el trasplante de órganos. Rev. cienc. forenses Honduras. 2019; 5(1): 30-34
El autor declara que no hubo conflicto de interés en la preparación de
este artículo.
RESUMEN
La implementación de
procedimientos de donación y trasplante de órganos requiere de habilidades
médicas y quirúrgicas que han sido ampliamente desarrolladas desde el siglo
pasado y que se han consolidado en el presente. Sin embargo, se requiere que
los países que ven éstos como la oportunidad de prolongar la vida de sus
habitantes con enfermedades graves y sin otra opción terapéutica, hagan consideraciones
bioéticas que garanticen el respeto a los deberes y derechos propios de la
dignidad humana de todos los involucrados, con el fin de evitar violación de
derechos humanos universales y garantizar el éxito clínico.
PALABRAS CLAVE
Bioética, Trasplante,
Órganos.
ABSTRACT
Implementation of organ transplantation proceedings requires medical and
surgical abilities that have been broadly developed in the last century and
have settled down during the actual one. However, the countries who see them as
an opportunity to prolong life of their inhabitants with severe sicknesses and
without other therapeutic options, have to do bioethical considerations that
may warrant a respectful view of the duties and rights of the human dignity of
all the actors, so a violation of the universal human rights can be avoided and
clinical success can be achieved.
KEYWORDS
Bioethical, Transplantation, Organs.
INTRODUCCIÓN
Cuando el existencialista danés Soren
Kierkegaard dijo “La vida solo puede ser comprendida mirando hacia atrás, más
sólo puede ser vivida mirando hacia adelante”, no se imaginó que esta frase
pudiese introducir un concepto fundamental para hacer consideraciones bioéticas
sobre el trasplante de órganos: muchas personas podrán tener un futuro lleno de
esperanza si los que ya tuvieron una vida plena deciden generosamente donar sus
órganos para que puedan utilizarse y así sustituir aquellos que por diferentes
motivos ya no funcionan y que condicionan la sobrevida individual.
ALGUNOS ASPECTOS HISTORICOS
El primer trasplante de órganos que se realizó exitosamente
fue el de riñón en 1954, le siguieron el de pulmón e hígado (1963), el de
páncreas (1966), y el de corazón (1967) realizado por el cirujano sudafricano Dr.
Christian Barnard,
que tuvo gran resonancia a nivel mundial por conocerse desde hacía muchos años
que las causas de muerte más frecuentes en el ser humano, eran, y siguen
siendo, las cardiovasculares. Posteriormente en 1971 se inicia el trasplante de
médula ósea y de ovarios, seguida por el de testículos (1977) y por el de útero
en el año 2000. A partir de la última mitad del siglo XX el tema del trasplante
de órganos inicia un camino lleno de controversias, éxitos, fracasos técnicos, cuestionamientos
existenciales y de investigación científica en diversos campos a los cuales se
suma el complejo contexto de una conciencia colectiva universal que asume la
imperiosa y obligatoria necesidad de garantizar el aprecio del ser humano en
forma integral. Es así como el trasplante de órganos se convierte en objeto de
estudio de diferentes países, sociedades y culturas que lo identifican como la
posibilidad de beneficiar a sus miembros que se encuentran en peligro de muerte
por enfermedades crónicas, infecciosas y genéticas de difícil abordaje y/o
prevención.
En el siglo XXI las habilidades técnicas en el
campo quirúrgico y médico han avanzado más rápido que las consideraciones
bioéticas a establecer para garantizar que la donación y trasplante de órganos
proporcione los beneficios que visualizaron inicialmente sus precursores. En
Honduras existen desde hace varios años médicos con el entrenamiento necesario
para realizar estos procedimientos, pero es importante considerar si pueden
realizarse en un contexto que garantice que los deberes y derechos de los
donantes, receptores, familiares y de toda la población sean respetados y
protegidos 1,2.
CONSIDERACIONES BIOETICAS
Es necesario que los donadores de órganos, los receptores
de éstos, así como el equipo y sistema sanitario que facilitan estos procesos
de donación-recepción enfrenten hoy en forma urgente el sentido utilitarista
del mercado que propone la visión de una demanda excesiva de órganos con poca y
difícil oferta, lo cual es una visión cerrada y pesimista para un tema con
implicaciones no materiales: de pronto el dinero se convierte en el referente
para que el beneficio de la prolongación de la vida sea posible. El desarrollo
de la concepción de seres humanos descartables, sustituibles, o en el otro
extremo, que deben convertirse en eternos, ha distorsionado la realidad de
personas que no son cosas y que portan una dignidad única por su capacidad de
ser libres, de razonar, de perfeccionarse y de contribuir con otros en la
construcción de un destino colectivo cada día mejor. El peligro de la
cosificación del ser humano lleva inexorablemente hacia el fortalecimiento de
la inequidad como concepto que abarca todos los eventos de violación de los derechos
humanos fundamentales que actualmente están tan bien definidos a nivel
universal.
Para profundizar en las consideraciones bioéticas del
trasplante de órganos, antes es necesario entender que se trata de un
procedimiento mediante el cual se implanta un órgano o tejido procedente de un
donante a un receptor, con el objetivo de sustituir la función del órgano
afectado. Existen dos grandes grupos: los trasplantes de órganos (riñón,
hígado, pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso, tubo digestivo, etc.) y los
de tejidos (médula ósea, células endocrinas, córneas). En los primeros se
precisa de intervenciones quirúrgicas complejas, procediéndose a los empalmes
vasculares y de conductos excretores entre otras estructuras. En los de tejidos
el procedimiento es simple, inyectándose las células suspendidas (en el de médula
ósea se inyectan en el torrente sanguíneo), dejando que éstas se implanten en
sus lugares de destino.
Al hablar de los tipos de trasplantes de órganos se deben
diferenciar el alotrasplante que es cuando el órgano
procede de otro individuo de la misma especie; el autotrasplante cuando procede
del mismo paciente; el isotrasplante cuando es entre
gemelos que comparten el mismo ADN y el xenotrasplante
cuando el órgano procede de un animal (otra especie).
En el proceso de donación y trasplante de órganos se siguen
eventos en forma secuencial que impactan no sólo al donante y al receptor, sino
que a toda la estructura que se crea; para promover que progresivamente se
beneficie a más individuos y que no violenten los derechos de ninguno de ellos
en ningún momento. En primer lugar, debe crearse y promoverse una sólida
cultura de donación de órganos que requiere educación en los criterios para
detectar los donantes; para declarar el momento de muerte o de la circunstancia
personal en que se retirará el órgano, lo que conlleva una cuidadosa evaluación
y mantenimiento del donante; para obtener los órganos y tejidos; para
embalarlos y transportarlos y finalmente, para colocarlos en los receptores que
los necesitan y han sido escogidos de
forma previamente definida.
Específicamente el receptor debe ser informado y debe ser
seleccionado después de establecerse si existirá un beneficio que valga el
costo material y biológico de la espera por un donante, definiendo claramente
que no existe otra opción terapéutica. Asimismo, debe garantizársele un
seguimiento de por vida, que no deberá pagar por el órgano que recibirá, que su
identidad será protegida frente al donador y viceversa, y que tendrá las mismas
oportunidades de recibir un órgano que cualquier otro que posee las mismas o
similares condiciones médicas.
En lo que se refiere al donador vivo, éste debe
estar claro desde el principio que no se le pagará por el órgano que se le
retirará -en caso de provenir de un cadáver, esta aclaración se hará a los
familiares-; que la donación debe ser voluntaria y para que sea consciente de
las consecuencias biológicas y riesgos que implica se le proporcionará la
suficiente y necesaria información. También deberá garantizársele que no será
objeto de presiones por parte de posibles receptores. En caso de tratarse de
una persona en riesgo inminente de muerte, los familiares deberán tener la
garantía que el establecimiento de la muerte cerebral será verificado
cuidadosamente por expertos sin posibilidad de acelerarla para lograr obtener
los órganos que se requieren para los receptores en espera. De ninguna forma se
deberán considerar menores de edad para el procedimiento de donación.
Como puede entenderse, las garantías para el receptor y el
donador no es posible llevarlas a cabo sin un equipo sanitario respaldado y
supervisado por un Comité de Ética Institucional. Este comité no puede tener
como parte de sus miembros al médico tratante para evitar conflictos de interés.
Entre las obligaciones del comité están el garantizar la ejecución de todos los
procesos legales establecidos por el país; elaborar las listas de espera y el
procedimiento de asignación de los órganos; así como supervisar la gestión de
la donación.
La donación-recepción de órganos sólo puede realizarse en
forma sostenida y sistemática dentro de un Sistema Sanitario Público que se
haga cargo de todos los costos, que tenga definido el marco legal para el
proceso y que tenga una estrategia educativa bien diseñada. Todo estó para garantizar el acceso equitativo de la recepción a
toda la población seleccionada y para la protección de todos los donantes.
El Sistema Sanitario debe garantizar que los procedimientos
se realizarán con la calidad necesaria para que no se ponga en riesgo de
infecciones graves o muerte ni al donante ni al receptor y que ambos sujetos
serán cuidados de por vida hasta el término natural de ésta. Para todo lo
anterior deberá tenerse diseñada la documentación necesaria; llevarse un riguroso
registro de donadores y receptores, así como de todos los eventos de cada
proceso. El Sistema Sanitario debe vigilar el respeto a los derechos humanos de
los participantes.
Esencialmente los referentes bioéticos para la práctica
clínica del trasplante de órganos se enmarcan en la realidad de que cada ser
humano es único, incomparable, de manera que no puede ser supra o infravalorado
con relación a otro.
Es incuestionable el hecho que el ser humano es sujeto de
una dignidad de la cual se derivan unos derechos inalienables que no caducan; y
que el cuerpo humano merece el aprecio propio de la dignidad de los individuos
de la especie a la que pertenece, por las manifestaciones que hace posible
mediante sus capacidades exclusivas. No hay que olvidar que los órganos humanos
son propiedad de cada individuo de cuyo cuerpo se obtienen.
Es fundamental tener presente que el ser humano es racional
y esto condiciona el deber de ser informado para tomar con autonomía las
decisiones que promuevan su bienestar, sin perjuicio del bienestar de otros
congéneres. Asimismo, que la salud es un bien universal que no puede ser
condicionado por razones financieras, ideológicas, ni sociales.
Cada país debe buscar permanentemente las condiciones óptimas para proporcionar
a sus ciudadanos las mejores posibilidades de
conservarse saludables; debe enmarcar la práctica de trasplantes de órganos
dentro de una legislación que respete el contexto cultural que su población posee;
y debe buscar incrementar el conocimiento científico en diversos campos
relacionados al tema, para cumplir con estas obligaciones que adquiere en el
momento que decide asumir la responsabilidad de cubrir estos procedimientos 1,3.
Concretamente hay que plantear algunos principios
operativos para la práctica clínica de la donación-recepción: es preferible la
donación de órganos de donante muerto que vivo y de donantes genéticamente
vinculados que de no vinculados vivos. Siempre deben cumplirse las siguientes
precondiciones: consentimiento informado por una persona competente;
consentimiento libre de presión o influencia; ausencia de cualquier tipo de
comercialización de alguno de los procedimientos definidos para realizar el
trasplante; estricta oportunidad equitativa al distribuir los órganos; y
protección de los receptores y donantes.
Es importante que los países comprendan que las condiciones
bioéticas y de buenas prácticas clínicas sólo se logran en programas locales
autosuficientes, lo que puede ser costoso y tomar varios años; sin embargo,
esto no debe ser motivo de desánimo ya que vale la pena iniciar un esfuerzo consistente
que busque elevar la dignidad de todos los involucrados en el esfuerzo de
prolongar la vida de los habitantes con calidad 4,5.
Aún queda por considerar la posibilidad de realizar xenotrasplates y la implantación de órganos biosintéticos, pero por encontrarse estos en fase
experimental pueden dejarse como una promesa al futuro que traerá sus propios
debates y consideraciones 2.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
1.De Ortúzar MG, Soratti C, Vélez I. Bioethics and
organ transplantation. Transplantation Proceedings. 1997:29(8):3627–30.
2.Organización Mundial de la Salud.
Principios rectores de la OMS sobre trasplante de células, tejidos y órganos
humanos. Washington D.C.: OMS; 2010.
3.Uribe M. Declaración de Estambul
sobre el tráfico de órganos y el turismo de trasplante. Rev
Méd Chile 2009; 137:1117-1121.
4.UNESCO. Declaración universal
sobre Bioética y Derechos Humanos. París: UNESCO; 2005.
5.World Health
Organization. Global Glossary on Donation and Transplantation. Global glossary of terms and definitions on donation
and transplantation [Internet]. Geneva:
WHO; 2009. [consultado 23 de mayo de 2017] Disponible en: https://www.who.int/transplantation/activities/GlobalGlossaryonDonationTransplantation.pdf