Opinión
El valor del informe
pericial caligráfico emitido por un laboratorio acreditado
The value of the
caligraphic expert report issued by an accredited laboratory
Antonio Jesús Llamas
Guerra1.
1 Servicio de
Criminalística. Guardia Civil. España
Correspondencia a: antoniojesusllamas@hotmail.es
CITAR COMO
Llamas-Guerra AJ. El valor del informe pericial caligráfico
emitido por un laboratorio acreditado. Rev. cienc. forenses Honduras. 2020;6(1):
29-37
ASPECTOS
BIOETICOS
El autor declara que no hubo
conflicto de interés en la preparación de este artículo.
RESUMEN
La
mejora constante en el desarrollo y funcionamiento de los laboratorios es una
máxima que deben tener todos presentes. En este sentido, al menos en la última
década, los laboratorios forenses van implementando en su sistema de gestión
las innovaciones que incorpora cualquier otro tipo de empresas u organizaciones
como serían los aspectos relativos al personal, a través de normas sobre
seguridad e higiene en el trabajo, cuestiones medioambientales dada la
preocupación creciente en la sociedad sobre el deterioro medioambiental que se
está acrecentando de forma alarmante y que se manifiesta de diversa constante
dentro de lo que conocemos como “cambio climático”, y por último, la
implementación de un sistema de gestión de la calidad, con el fin de
exteriorizar un imagen altamente positiva y obtener de esta forma ventajas
competitivas sobre otro tipo de empresas que operan en el mismo ramo o sector. Este
último aspecto resulta especialmente significativo para los ensayos que, sobre
distintas ramas científicas, son realizados por los laboratorios forenses, ya
que contribuye a fortalecer todo el proceso secuencial analítico seguido y
consecuentemente las conclusiones alcanzadas en los análisis realizados.
PALABRAS
CLAVE
Acreditación, mantenimiento de
calidad, examen de escritura manuscrita, laboratorio forense.
ABSTRACT
The constant improvement in the development and
operation of the laboratories is a maxim that must be present. In this sense,
at least in the last decade, forensic laboratories are incorporating into their
management system innovations that incorporate any other type of companies or
organizations such as critical aspects of personnel, through standards on
occupational health and safety , environmental issues given the growing concern
in society about the environmental risk of quality, in order to externalize a
highly positive image and obtain this form of competitive advantages over other
types of companies operating in the same branch or sector. This last aspect was
especially significant for the trials that on different scientific branches are
carried out by forensic laboratories, since they contribute to strengthening
the entire sequential analytical process followed and consequently the
conclusions reached in the analysis performed.
KEYWORDS
Accreditation; Quality assurance; Handwriting examination; forensic laboratory.
INTRODUCCIÓN
Como se ha comentado con anterioridad, los laboratorios
forenses no se han mantenido al margen de todas aquellas innovaciones o
requerimientos que en un momento dado han tenido que adaptar o incorporar, como
cualquier organización o empresa, a su estructura organizativa. En este
sentido, conviene destacar que durante las últimas décadas se han implementado
diversas cuestiones relativas al medio ambiente, a la seguridad e higiene en el
trabajo y a la calidad de los productos o servicios ofrecidos por una determinada
empresa u organismo.
Son diversas las motivaciones que han generado al final lo
que se ha denominado como un “sistema integrado de gestión”, que englobaría los
aspectos anteriormente comentados, es decir, calidad (normas ISO 9001, 17020 y
17025 Sistema de gestión de calidad), seguridad e higiene en el trabajo (ISO
45001 Sistema de gestión y seguridad en el trabajo) y protección medioambiental
(14001 Sistema de gestión medioambiental).
A nivel general podemos considerar que las derivadas de la
seguridad e higiene en el trabajo obedece a la aprobación de normativas
internas de cada país o en algún caso externas al mismo, como en el supuesto de
los países integrados en la Unión Europea, así como la presión y demandas
requeridas por las organizaciones sindicales en defensa de los derechos de los
trabajadores; en lo referente a cuestiones medioambientales, por la creciente
reclamación y concienciación social sobre el deterioro medioambiental
acompañado de la aprobación de normativas y acuerdo transnacionales sobre este
asunto; y finalmente, la integración de aspectos de calidad derivados del
aumento de la competitividad de las empresas y la necesidad de obtener ventajas
dentro del mercado en el que se opera, y en algún supuesto por la exigencia
impuesta por las Administraciones Públicas de un determinado país o la
pertenencia a determinadas Organizaciones nacionales o supranacionales.
I. QUE
SIGNIFICA TENER IMPLEMENTADO UN SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD Y QUÉ APORTA A UN
LABORATORIO.
La primera pregunta que podemos hacernos cuando escuchamos
este término (acreditación) es conocer el verdadero significado del mismo.
Atendiendo a la definición más extendida, sería el procedimiento mediante el
cual el organismo oficial autorizado, ENAC en el caso de España; aplicando
procedimientos de evaluación y verificación independientes, rigurosos y
globales (auditorias), reconoce formalmente que un laboratorio (organismo de
evaluación de la conformidad) tiene competencia técnica para llevar a cabo
tareas específicas (ensayos e inspecciones) conforme a los requisitos recogidos
en normas internacionales.
La siguiente cuestión viene determinada por tratar de
determinar cuál sería la normativa a aplicar a un laboratorio forense. En este
caso, debemos de partir por considerar inicialmente a la norma EN ISO
9001:2015. En dicha norma se establecen los requisitos mínimos relativos a un
sistema de gestión de calidad 1. En concreto, a través del
cumplimiento de lo dispuesto en la norma aludida se trata de establecer un
proceso de generación de productos o servicios que satisfagan, al mismo tiempo,
al cliente, a las leyes y los reglamentos aplicables. Por otra parte, se
encuentra la norma EN ISO/IEC 17025:2017, relativa a los requisitos generales
para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración 2.
Es esta norma la que afecta más directamente a un laboratorio forense,
encuadrándolo dentro de la tipología antes descrita de “ensayo y calibración”.
En ella se contienen los requisitos que permiten a los laboratorios demostrar
que operan de forma competente y generan resultados válidos. El cumplimiento de
la normativa anterior conlleva la aceptación y sometimiento, al mismo tiempo, y
por norma general, a los criterios de la norma EN ISO 9001:2015. A lo largo del
contenido de la norma ISO 17025 se recogen una serie de criterios y requisitos
que deben cumplir esos laboratorios, materializados a través del registro y
control de cada una de las actividades que realizan con vistas a generar
resultados científicamente válidos, lo que resulta más vital si cabe en el seno
de un proceso judicial. En resumen, un conjunto de requerimientos que debe
cumplir un laboratorio, tras obtener el certificado de acreditación, para
mantenerla y que genera sobre el público, entre otras, percepciones favorables
de credibilidad del trabajo realizado por esos laboratorios.
Si tuviéramos que situar en una balanza las ventajas y
desventajas que conlleva acreditar un laboratorio, claramente las primeras se
impondrían sobre las segundas, pudiendo señalar dentro de estas últimas la
exigencia de un conjunto de actividades administrativas, complementarias a las
existentes, o la existencia de cierta oposición o resistencia por parte del
“staff” de la organización donde se trata de implementar.
Dentro
de las primeras, es decir, las aportaciones positivas que supone tener un
laboratorio acreditado bajo una determinada norma internacional nos encontramos
las siguientes:
1.-Asegura
los resultados de las pruebas.
2.-Reconocimiento
internacional de los resultados.
3.-Permite
identificar los laboratorios con elevado nivel de calidad.
4.-Avala
los resultados ante clientes y administraciones.
5.-Facilita
la evaluación contínua del laboratorio.
Vamos a tratar aclarar algunas de esas características
mencionadas.
Asegura los resultados de las pruebas: La principal razón o motivo por el cual un laboratorio
trata de acreditarse es para asegurar que los resultados alcanzados, a través
de los distintos ensayos que ejecuta, son correctos y rigurosos fundamentados
en la validación de las partes o elementos que intervienen en su elaboración,
es decir, los recursos humanos que trabajan en ese laboratorio, los medios
materiales o equipamientos empleados en dichos análisis y por supuesto, la
aprobación, por parte de la comunidad científica nacional e internacional, del
método o protocolo de examen empleado en cada uno de esos ensayos.
Reconocimiento internacional de los resultados: Dicha característica tal vez pasa desapercibida para aquellas
personas que trabajan en un laboratorio, que dispone de la correspondiente
certificación de acreditación sobre un determinado ensayo.
A nivel general los organismos de acreditación existentes
en cada país, en el caso español Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), se
agrupan en otros regionales (IAAC en América, EA en Europa, etc.). A su vez,
estas organizaciones forman parte de una estructura global de acreditación que
operan mediante International Laboratory Accreditation Cooperation (I.L.A.C),
https://ilac.org/ e International Accreditation Forum (I.A.F), https://www.iaf.nu/.
En las reuniones que organizan dichas entidades se adoptan
determinadas decisiones cuya implementación deben seguir las organizaciones
regionales y nacionales integradas dentro de su estructura. En este sentido se
adoptan, entre otros, Acuerdos de Reconocimiento Mutuo-MRA-, en el caso de
I.L.A.C, dentro del campo de la acreditación de los laboratorios y organismos
de inspección, que conllevan, entre otras, la aceptación de los resultados
alcanzados por esos laboratorios y el reconocimiento mutuo de sus informes,
validando de esta forma sus periciales mucho más allá de las fronteras de su
país proyectándose a nivel internacional.
Permite identificar los laboratorios con elevado nivel de calidad:
Como norma general, aquellos laboratorios que tienen acreditados
determinados ensayos o procesos lo publicitan por la repercusión positiva que
tiene para dichas organizaciones. De esta forma aquellas personas o empresas
que se dirijan a estos laboratorios para solicitar sus servicios conocen de
antemano que el trabajo realizado en esas entidades es riguroso y está sujeto a
ciertos controles que se encuentran amparados por esa certificación.
Avala los resultados ante clientes y administraciones:
Esa certificación que aporta a un laboratorio su
acreditación permite disponer de un aval o garantía ante sus clientes, respecto
al procedimiento seguido en el análisis demandado y principalmente frente a los
resultados derivados de esa actividad.
Evaluación contínua del laboratorio:
Tal vez este sea uno de los aspectos más importantes a
considerar cuando hablamos de la acreditación de un laboratorio. En muchas
ocasiones podemos pensar que seguimos un método o protocolo adecuado de trabajo
y que contamos con la suficiente formación y experiencia, junto con los medios
necesarios, para ejecutar un determinado ensayo sin creer en modo alguno que
nuestros resultados puedan ser erróneos frente a todas las consideraciones
anteriormente comentadas.
Es por ello, que la supervisión externa y continúa, llevada
a efecto por una entidad como el organismo de acreditación propio de cada país,
nos obliga a no desviarnos en modo alguno de las premisas que hayamos adoptado
ni confiarnos en modo alguno, conocedores que nuestro trabajo será objeto de
evaluación periódicamente.
II. ACREDITACIÓN DE LOS
ENSAYOS SOBRE ANÁLISIS DE TEXTOS MANUSCRITOS O FIRMAS CON FINES
IDENTIFICATIVOS.
Como hemos observado anteriormente la acreditación de
determinados ensayos, dentro de un laboratorio, reporta numerosos factores
positivos en su evaluación global.
Una de las actividades principales que tienen encomendadas
los laboratorios de Documentoscopia o Grafística consiste en la elaboración de
informes periciales caligráficos, donde se vierte el resultado del análisis y
posterior comparativa de al menos dos textos manuscritos o firmas (dubitadas e
indubitadas), en el que se trata de determinar la autenticidad o falsedad del
texto y/o firma obrante en el documento cuestionado y/o la posible autoría de
dichas muestras, es decir, una actividad que encaja perfectamente con el
concepto de ensayo establecido por una entidad de acreditación como E.N.A.C,
quien lo define como una operación técnica (realizada por determinados
especialistas y con el uso de equipos específicos) que consiste en determinar
una o más características de un material (en nuestro caso, el examen de un
conjunto de parámetros asociados a una escritura o firma con la finalidad de
determinar si fue realizada o no por la persona a cuya identidad se atribuye)
de conformidad con un procedimiento (protocolo de examen de escritura y firmas
seguido por un laboratorio de Documentoscopía). Aunque estamos hablando de una
disciplina forense cuya investigación científica se ha producido a lo largo de
una dilatada historia, que abarca varios siglos y que se ha plasmado mediante
la fortaleza de los métodos aplicados en su análisis, debemos de ser
conscientes que el factor humano, es decir, el perito calígrafo, es pieza
fundamental en ese tipo de examen, a pesar de disponer de la ayuda inestimable
de cierto instrumental científico. Su formación y experiencia son básicas para
realizar un adecuado examen y alcanzar unos resultados plenamente
satisfactorios que se materialicen, por medio de unas certeras conclusiones, en
sus informes periciales. En el mismo sentido se pronuncian Dilek Salkim Islek y
Emel Hulya, en relación con el artículo realizado por ésos sobre la
acreditación, bajo la norma EN ISO/IEC 17025:2017, de los laboratorios forenses
turcos3. Sin entrar en detalles sobre un tipo específico de
laboratorio señalan que la competencia del personal es fundamental. Según citan
es uno de los capítulos donde se centra principalmente la norma comentada (EN
ISO/IEC 17025:2017), indicando a través de ella una serie de requisitos que
deben cumplir los laboratorios que pretendan acreditarse, en particular, la
necesidad de evaluar y registrar sus conocimientos y habilidades, estado de
educación y necesidades de capacitación. En base a lo anterior, queda
suficientemente palpable que el componente humano juega un papel decisivo en
este tipo de exámenes. La implementación de un sistema de gestión de la calidad
por parte de los laboratorios forenses, junto a la propia acreditación del
ensayo antes comentado sobre el análisis de textos manuscritos y/o firmas con
fines identificativos, aportan a dichos laboratorios un alto grado de fortaleza
y seguridad a la hora de afrontar ese tipo de análisis, al cumplir sus
especialistas, entre otros requerimientos, con una adecuada formación y estar
sometidos a un proceso de evaluación continua, mediante la ejecución de
periódicos controles internos y externos que garantizan la cualificación
de dicho personal, estableciéndose al efecto procedimientos que evalúan sus
resultados y marcan ciertas directrices de actuación para aquellos supuestos en
los que se detecten ciertos errores.
A pesar de lo anterior, existen muchos países donde el
examen pericial caligráfico no se encuentra regulado dentro de su sistema
educativo general, como sería el caso español. Basta realizar determinadas
actividades formativas, de duración y credibilidad no suficientemente
contrastada, para poder ejercitar la actividad de “perito calígrafo”. Las
periciales realizadas por ésos son las únicas opiniones vertidas por expertos
con las que cuentan en ocasiones las Autoridades Judiciales encargadas del
enjuiciamiento de un determinado procedimiento judicial para sustentar, junto
con otros elementos probatorios, su decisión a través de la sentencia
correspondiente. En otros supuestos, esas mismas periciales son enfrentadas en
un procedimiento judicial junto a otras elaboradas por un laboratorio
acreditado, pudiendo encontrarnos ante situaciones en las que las conclusiones
de ambos sean coincidentes o no. En cualquier de las dos situaciones
comentadas, ciñéndonos a la situación de España, la Autoridad Judicial competente
en dicho procedimiento, en base a lo
establecido la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ese tipo de pruebas será objeto
de apreciación libre por el Tribunal, establecimiento como límite a dicha
valoración las reglas de la sana crítica, debiendo entenderse ésta como las más
elementales directrices de la lógica humana, apreciándolas junto al resto de
actividad probatoria practicada en el proceso como se señala en la Sentencia
del Tribunal Supremo de España 124/17, de fecha 24.02.20174, por lo
que podemos encontrarnos ante casos en los que se valore, en mayor medida,
alguna de las dos periciales o no se tengan en consideración ninguna de ésas
(generalmente ocurre este último supuesto cuando las conclusiones de las
periciales aportadas son totalmente discrepantes entre sí).
A través de lo expuesto, no queremos en modo alguno indicar
que las conclusiones realizadas por un laboratorio carente de acreditación, en
ese ensayo, sean erróneas o presenten menor credibilidad que uno acreditado,
simplemente lo que pretendemos es dejar suficientemente claro qué supone
implementar un sistema de gestión de calidad en un laboratorio y tener
acreditado cierto tipo de ensayos, como el comentado.
Sobre este particular, resulta interesante el estudio
realizado por Mauricio Duce, Profesor de Derecho, sobre el uso y prácticas de
la prueba pericial en el proceso penal chileno5. A lo largo de dicho
estudio, pone de manifiesto una serie de deficiencias, según su punto de vista,
sobre la apreciación, por parte de las Autoridades Judiciales, de las pruebas
periciales presentadas, entre otros, por los distintos laboratorios forenses
oficiales de dicho país. Tras su análisis, establece la existencia de una serie
de causas que a su juicio suponen a la postre que dichos informes periciales tengan
“mayor peso en la práctica y menor capacidad de control de su calidad por parte
de los abogados y actores del sistema legal”, y que, de esa forma, puedan
generar un cierto riesgo si se valora excesivamente una prueba pericial “poco
confiable, si los peritos prestan testimonio inválido, o si se comportan
derechamente mal”. A la vista de esas consideraciones, a la hora de evaluar en
qué tipo de laboratorios o sobre qué ensayos existe una percepción más positiva
sobre la fortaleza de la calidad de los peritajes obtuvo de su estudio que esa
mayor garantía pericial, venía ligada a nivel internacional, con el
establecimiento de sistemas de acreditación de laboratorios forenses, los cuales
permiten verificar si efectivamente los procesos de trabajo en los mismos
responden a estándares de calidad, lo que asegura la confiabilidad de sus
resultados, haciendo especial mención sobre la disponibilidad o no de
acreditación bajo el amparo de la norma ISO 17025 de determinados laboratorios
forenses. Apoyando lo comentado por Mauricio Duce en su artículo, centrando en
nuestro caso la atención sobre la apreciación, por parte de las Autoridades
Judiciales, de las pruebas periciales caligráficas, podemos señalar que, aunque
no existen estudios en España que avalen o certifiquen la existencia de una
percepción más positiva de ese tipo de periciales, emitidas por laboratorios
acreditados, se va constatando como ésas van adquiriendo progresivamente mayor
peso, en un mismo procedimiento judicial, frente a otras emitidas por laboratorios
que no tienen acreditado dicho ensayo, al generar en las Autoridades Judiciales
una mayor confianza, dados los resultados contradictorios que, en numerosas
ocasiones, se producen en las conclusiones vertidas en ese tipo de periciales. Ejemplo
de lo anterior lo encontramos en la Sentencia número 732/14, dictada por la
Audiencia Provincial de Madrid, con fecha dos de octubre de dos mil catorce, en
relación con unos presuntos delitos de estafa y falsificación de documento
mercantil, en cuyo procedimiento se aportaron, entre otros, dos informes
periciales caligráficos, uno de ellos realizado por el Laboratorio de
Grafística de la Guardia Civil, acreditado en el ensayo de análisis de textos
manuscritos y firmas en caracteres latinos bajo la norma ISO/IEC 17025. El
Órgano Judicial sentenciador estimó en mayor medida el informe pericial de
Guardia Civil, al señalar textualmente que “se trata de un dictamen extenso y
detallado, generoso en fotografías, explicaciones, cotejos y detalles, avalado
en buena parte por la acreditación de ENAC, lo que no es predicable de los
otros informes” 6.
Resulta evidente, en el supuesto español, que la
acreditación de los ensayos sobre análisis de textos o firmas manuscritas,
aporta una serie de hechos favorables en la defensa de los informes elaborados
al efecto en las vistas orales. Buena parte de las preguntas que se formulan a
esos especialistas, centradas mayoritariamente en su cualificación y/o
experiencia y en menor medida, en el protocolo de examen seguido, quedan perfectamente
respondidas mediante la indicación de tener acreditado el ensayo y todo lo que
ello conlleva.
A nivel general, suscita menor posibilidad de cuestionar el
examen y las conclusiones alcanzadas, si lo comparamos con otro tipo de ensayos
similares realizados por laboratorios no acreditados. Como se ha explicado al
comienzo del presente, la acreditación otorgada por la entidad correspondiente
determina la competencia técnica que tiene un laboratorio concreto para llevar
a cabo tareas específicas (ensayos e inspecciones) conforme a los requisitos
recogidos en normas internacionales, y de esta forma, en el caso español, se
fortalece esa carencia de una formación oficial reglada sobre el examen
pericial caligráfico de textos manuscritos y firmas y/o sobre la exigencia de
una determinada experiencia en ese terreno.
Aunque el foco de atención de este artículo se ha centrado
sobre el componente humano, es decir, el especialista involucrado en la
ejecución del correspondiente análisis de textos manuscritos o firmas con fines
identificativos, eso no quiere decir que sea la única parte que interviene en
ese examen, por el contrario, como cualquier otro tipo de ensayo de las
distintas disciplinas forenses que existen, en el caso particular de la pericia
caligráfica encontramos otros componentes que deben tenerse en consideración
como son los distintos equipos e instrumental empleado, la disponibilidad de
adecuadas instalaciones o el propio método de ensayo seguido en dicho análisis,
entre otros.
Como bien sabemos, cualquier laboratorio que pretenda
acreditarse en un determinado ensayo debe someterse al cumplimiento de una
serie de requisitos en varios aspectos. En el caso particular de un laboratorio
de Documentoscopia, los equipos necesarios disponibles en el mismo como video
espectro comparadores, macroscopios, etc., requieren disponer de un plan de
mantenimiento y calibración para asegurar en todo momento un funcionamiento
correcto y una exactitud en sus mediciones; las instalaciones así como las
condiciones ambientales deben ser adecuadas para esas actividades propias del
laboratorio y no afectar adversamente a la validez de los resultados de esos
ensayos practicados; y en el caso de los métodos o procedimientos empleados,
ésos deben apropiados para la actividad pericial caligráfica, garantizándose
mediante la oportuna validación de dicho método por la comunidad científica. En
resumen, el cumplimiento de una serie de requisitos y el seguimiento y control
sobre cada una de esas partes que de una u otra forma pueda influir en sus
resultados.
Una vez decidida la necesidad de acreditar un determinado
ensayo como el comentado deberíamos de plantearnos cuál sería la norma ISO
aplicable. Sobre este particular la discusión se centra básicamente en dos
normas: la ISO/IEC 17020 o la ISO/IEC 17025, la primera, más centrada en
entidades de inspección, y la segunda, en los laboratorios de ensayo y
calibración. En el caso del Laboratorio de Grafística integrado dentro de la
estructura del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil de España,
llegado el momento de afrontar el proceso de acreditación en determinados
ensayos, en torno al año 2009, se orientó ése hacia la norma ISO/IEC 17025, no
sólo por considerar que era la que se ajustaba al trabajo que se pretendía
acreditar, sino porque así también lo entendió la entidad oficial española de
acreditación E.N.A.C. Esa postura quedó igualmente reforzada por la propia Red
Europea de Laboratorios de Ciencias Forenses (ENFSI), quien dentro de los
requisitos establecidos por dicho Organismo para pertenecer a él, como es el
caso del laboratorio de la Guardia Civil de España, establecía la necesidad de
haberse acreditado o realizar las pasos necesarios para su consecución en los
distintas actividades de pruebas de laboratorio según la norma ISO/IEC 17025,
dejando la norma ISO/IEC 17020 para aquellas otras actividades más propias de
inspección como el trabajo efectuado en la escena del crimen.
CONCLUSIÓN
Una de las mejoras que vienen realizando los laboratorios
forenses en los últimos años viene determinada por la implementación de un
sistema de gestión de calidad en el mismo acompañado por la acreditación de
cierto tipo de ensayos o análisis.
Como ha quedado expuesto no debe valorarse la acreditación
de un informe pericial caligráfico desde la perspectiva de su mayor o menor
consideración por parte de las Autoridades Judiciales, donde al menos en el
caso español se deja a ésas bajo su libre apreciación frente a otros ensayos
similares no acreditados, sino desde el prisma de considerar los innumerables
elementos positivos que reporta dicha acreditación y que se translucen en la
generación de una mayor fortaleza y confianza no sólo por parte de los
potenciales clientes que puedan demandar sus servicios sino por el público en
general.
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