Reconocimiento de la Condición de Refugiado en México: personas LGBTI y Discriminación en Guatemala
DOI:
https://doi.org/10.5377/lrd.v41i1.10488Palabras clave:
Refugiados, Derechos Humanos, Principios de Yogyakarta, Discriminación, Identidad de Género, Orientación Sexual, LGBTI, Guatemala, MéxicoResumen
El presente trabajo destaca los elementos más relevantes del estudio y análisis de realizados en la resolución de la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa de los Estados Unidos Mexicanos, en la que reconoce la condición de refugiado a un solicitante de nacionalidad guatemalteca que se identifica como gay en un contexto de violencia y discriminación por orientación sexual e identidad de género, elaborando una definición de refugiado incluyendo un componente de género de conformidad de la normativa de origen tanto nacional -México- como internacional en materia de asilo y analiza los hechos y actos controvertidos del caso desde una perspectiva de derechos humanos y con base a principios relacionados al Derecho Internacional de los Refugiados, de los que se destacan los Principios 18 y 23 de Yogyakarta.
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