Algunas observaciones a normas procesales del Código de Familia

Authors

  • William Torrez Peralta Universidad Centroamericana

DOI:

https://doi.org/10.5377/derecho.v0i18.2138

Keywords:

Proceso, Procedimiento, Tutela judicial efectiva

Abstract

El Código de Familia ―Ley N°. 870, aprobada el 24 de junio de 2014, publicada en La Gaceta N°. 190 de 8 de octubre de 2014―, regula en su texto normas de carácter procesal. La regulación por parte de textos sustantivos de materia ajena a su propia naturaleza debe ser muy rigurosa para evitar incursionar en contradicciones, vacíos, deficiencias o arbitrariedades que complican la interpretación en el mejor de los casos o reducen las garantías procesales, en los peores. Este es el caso en el que nos encontramos con respecto a las normas de carácter procesal reguladas en la norma de familia. Si bien se ha aprobado con anterioridad a la norma procesal supletoria, ello no es justificación para incurrir en tales errores tanto de doctrina como de práctica, por cuanto, lo esencial en este asunto es la garantía de los derechos de sus destinatarios.

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Abstract
1135
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Author Biography

William Torrez Peralta, Universidad Centroamericana

UCA

Published

2015-08-30

How to Cite

Torrez Peralta, W. (2015). Algunas observaciones a normas procesales del Código de Familia. Revista De Derecho, (18), 139–163. https://doi.org/10.5377/derecho.v0i18.2138

Issue

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