La tortura: punto de vista de los derechos humanos, punto de vista del derecho internacional humanitario
DOI:
https://doi.org/10.5377/rct.v0i6.512Palabras clave:
Tortura, funcionarios del Estado, Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derecho Internacional HumanitarioResumen
En la búsqueda de definir la tortura en el Derecho Internacional Humanitario, he escogido la definición contenida en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, misma que establece : "Artículo 1.1 A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona, dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero, información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas".
Por otro lado, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos define los derechos humanos como los derechos que tienen todas las personas por la sola virtud de ser seres humanos, derivados de la inherente dignidad de la persona humana, y contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros instrumentos legales internacionales.
El derecho internacional humanitario es un conjunto de normas que, en tiempos de guerra, protege a las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades, ya sean civiles, personal militar, religioso o médico, prisioneros de guerra, restringiendo incluso los métodos de guerra (como uso de cierto equipo bélico, tácticas, etc.). Los cuatro Convenios de Ginebra (1864, 1906, 1929, 1949) y los dos Protocolos de 1977 adicionales a estos, son los principales instrumentos legales de Derecho Internacional Humanitario.
Palabras claves: Tortura; funcionarios del Estado; Derecho Internacional de los Derechos Humanos; Derecho Internacional Humanitario.
DOI: http://dx.doi.org/10.5377/rct.v0i6.512
Revista Ciencia y Tecnología, No. 6, Segunda época, junio 2010: 55-79
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